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Proceso constituyente y elecciones presidenciales


Medio:

El cronograma establecido por la reforma constitucional habilitando el proceso constituyente generará una superposición entre el trabajo de la Convención y las elecciones presidenciales y parlamentarias 2021. Imaginemos que en el mes de abril la ciudadanía optara por una nueva Constitución. Lo anterior implicaría que en octubre de 2020 se materializaría la elección de una Convención encargada de escribir un nuevo texto constitucional. Se generan así dos escenarios. En el escenario 1, la Convención trabajaría por nueve meses (diciembre de 2020 agosto de 2021), luego de lo cual se convocaría a un plebiscito ratificatorio del nuevo texto, el que debe hacerse 60 días después de culminado su trabajo. No obstante, si fuese 60 días antes de la elección presidencial, entonces el plebiscito tendría que realizarse en marzo de 2022. En el escenario 2, la Convención puede extender su trabajo por tres meses más, por lo que su trabajo efectivo sería de 12 meses (diciembre de 2020 – diciembre de 2021), luego de lo cual se convocaría al plebiscito ratificatorio (inicios de marzo de 2022). El acuerdo político constitucional no alteró el cronograma de elecciones presidenciales y parlamentarias, por lo que en paralelo al trabajo de la Convención Constituyente se desarrollarán elecciones primarias (4 de julio de 2021) y elecciones para elegir presidente de la República, senadores en algunas regiones, diputados e integrantes del Consejo Regional (21 de noviembre de 2021). ¿Cuáles serán los efectos de esta superposición de cronogramas electorales? El primero, y más evidente, es que las deliberaciones de la Convención se realizarán en el marco de campañas presidenciales y parlamentarias. Mientras los convencionales estén discutiendo importantes temas, como la duración del mandato presidencial, el eventual cambio de régimen de gobierno (presidencial, semipresidencial, parlamentario) o la forma de Estado (unitario, unitario descentralizado, autonomías territoriales o federalismo), se estarán desplegando campañas políticas para alcanzar la presidencia. De este modo, no habrá forma de abstraerse en la Convención de la coyuntura electoral. Imagínese usted que una candidatura x se alza en las encuestas con fuerza, ¿preferirán aquellos que se inclinan por tal candidato un sistema presidencial, con poderes robustecidos, con un período de mandato más extenso? ¿ Qué poderes se le dará al Congreso en la Convención si la expectativa de ganar asientos legislativos se incrementa? ¿ Cuál será la distribución de poder o competencias para los territorios? Así, no hay forma de que los y las convencionales escapen de observar la coyuntura electoral y se vean influenciados por ella.

El segundo efecto se refiere a las consecuencias que podrían tener cambios significativos en las relaciones de poder entre los poderes del Estado. Imagínese la siguiente situación: la Convención después de 12 meses de deliberación (escenario 2) decide establecer un sistema semipresidencial. Si bien la actual Constitución establece un mandato para regular o poner fin al mandato de autoridades electas, cuando estas sufran modificaciones sustanciales, ¿qué sucedería con el presidente que fue electo y que debe asumir el poder el 11 de marzo de 2022? ¿ Podría llamarse a nuevas elecciones? ¿ Cuándo se haría efectivo aquello? Así, podemos imaginar reformas sobre los poderes del Congreso, la eventual eliminación o modificación sustancial de la integración de la Cámara Alta, y un extenso suma y sigue. El proceso constituyente, sin duda, es necesario y significativo. Si se da una discusión con altura de miras, se podrá fortalecer la democracia y generar instituciones que permitan incrementar la legitimidad social de las instituciones que nos representan. Sin embargo, para proteger este proceso de los inconvenientes que advertimos aquí, sería adecuado postergar el proceso electoral de 2021 hasta después de finalizado el trabajo de la Convención. Una vez ratificado el plebiscito, se podría convocar a elecciones generales bajo las reglas aprobadas por la ciudadanía. El costo de permitir la continuidad de este gobierno por uno a tres meses (marzo a junio de 2022) es a todas luces más bajo que los enormes beneficios de enfrentar un proceso constituyente libre de presiones político-electorales.
CLAUDIO FUENTES Profesor Escuela de Ciencia Política UDP / GABRIEL OSORIO Abogado

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